Respecto al tema automotriz, subsiste la pregunta de cuánto contenido de un vehículo deberá ser abastecido en la región del TLCAN para que obtenga preferencias arancelarias, este continúa siendo uno de los temas más difíciles de resolver. Los negociadores de Estados Unidos en un principio demandaban aumentar el porcentaje de contenido regional a 85% desde el actual 62.5%. Los directivos de la industria han dicho que este porcentaje ha sido disminuido a 75%, y contemplando que la producción de ciertos componentes específicos sea llevada a cabo en lugares donde se pagan mayores sueldos, lo que constituye una demanda que busca preservar la manufactura en los Estados Unidos y Canadá, y presionar a México para aumentar sueldos en la industria automotriz. Ha trascendido que el receso en las negociaciones servirá para que el equipo negociador de México pueda realizar consultas con los ejecutivos de la industria automotriz nacional.
En cuanto al tema de minimis, varios sectores industriales, así como el comercio establecido, se han pronunciado en contra de que en México se aumente la franquicia para la importación de productos desde cualquier parte del mundo, libre de arancel e IVA, de los actuales 50 dólares (300 dólares en el caso del Servicio Postal Mexicano) a 800 dólares. El sector industrial ha señalado que de aceptarse esta medida en el TLCAN, esto sería fuente de competencia desleal para empresas establecidas en el país, ya que éstas tienen que pagar el arancel e IVA correspondiente al internarse mercancía vía otro medio de transporte, se daría un incremento de mercancía procedente de países ajenos al TLCAN sin pagar arancel e IVA, y se utilizaría esta franquicia para evadir el cumplimiento de disposiciones establecidas en el TLCAN (reglas de origen, procedimientos aduaneros, normas de etiquetado, entre otras).
Finalmente, en cuanto al deseo de Estados Unidos de eliminar el Capítulo XIX, es inaceptable que se quiera desaparecer dado que este capítulo es un mecanismo jurídico único en el mundo en donde las decisiones de los gobiernos en materia de prácticas desleales de comercio internacional pueden ser cuestionadas de manera efectiva, es decir, un grupo de expertos analiza si una resolución antidumping o anti subvenciones se apegó a la legislación nacional e internacional. A diferencia de los paneles de la OMC, puede ser solicitado por los particulares y uno de sus efectos, en caso de proceder, es el de devolver las cuotas compensatorias pagadas; mientras en la OMC sólo pueden participar los gobiernos, y su único efecto es revocar la cuota compensatoria, pero no se genera la devolución de las cuotas compensatorias ya pagadas.
Sabemos que en este aspecto, Estados Unidos se ha mantenido inflexible en su posición, y desde luego que existe el riesgo, al igual que con el tema de minimis, que el gobierno mexicano, en aras de tener el “acuerdo en principio”, acabe cediendo en estos temas en perjuicio de la planta productiva y el comercio formal en el país.
Para no extenderme más, sólo cerraría comentando que la opción del “acuerdo en principio” sólo vale la pena que sea considerada si se piensa que los temas más importantes han sido resueltos de manera satisfactoria para las partes, y por lo que vemos este no es el caso para México. No se puede permitir, que en aras de que la Secretaría de Economía se cuelgue una estrellita, se vaya a perjudicar de manera importante a la economía de México. Cuando comenzaron las negociaciones se nos dijo que se buscaría salvaguardar los intereses de México y que había líneas rojas que no se deberían cruzar, pues esperemos que sigan con esa mentalidad, porque en los hechos parece que están cediendo en contra de lo que le conviene al país.
