México, sin saberlo y sin necesitarlo, se convirtió en pionero en materia de legislación laboral, al elevar a grado constitucional, el derecho del trabajo, incluyendo en su Carta Magna de 1917, la redacción del artículo 123. En uno de los textos del jurista Néstor de Buen, señala lo siguiente: “Un país sin industria, esencialmente agrícola de autoconsumo, daba un ejemplo al mundo: que no sentía la obligación de cumplir en su propia casa, donde ni siquiera había acreedores (un movimiento obrero serio) que reclamaran el pago”. Ahora se ha llevado a cabo una de las más extensas reformas en materia laboral, no para dar un ejemplo al mundo, sino para modernizar la regulación laboral y buscar, con esto, incrementar la competitividad de nuestro país.
Esta había sido una sugerencia añeja de la OCDE. En el documento “Perspectivas OCDE: México Políticas Clave para un Desarrollo Sostenible”, hace referencia a la reforma laboral que se dio durante la administración del presidente Peña Nieto – la cual modificó hasta el 40% del articulado de la Ley Federal del Trabajo de 1970 – al mencionar que, la OCDE había venido sugiriendo a México una reforma laboral, para promover la creación de más y mejores empleos; y que esta reforma parecía encaminar al país en esa dirección. Sin embargo, enfatiza que la aplicación de le legislación laboral es de vital importancia, para que las nuevas leyes puedan ser eficaces.
En este sentido, si bien ya se había legislado sobre la desaparición de las infames Juntas de Conciliación y Arbitraje, ahora se ha dado un plazo para que, en un máximo de tres años, cada una de las entidades federativas cuente con un tribunal laboral; y, en un plazo de cuatro años, se encuentren operando los tribunales federales en materia laboral. Habrá que esperar a que este anhelado cambio en materia de impartición de justicia laboral se convierta en realidad. Desde finales de 2017 debió comenzar esta transición que, por el elevado costo que esto representaba y la complejidad administrativa que implicaba, quedó detenido. Este será un paso fundamental para el adecuado cumplimiento de la legislación laboral.
De esta manera, la justicia laboral ya no será impartida por las “Juntas”, dependientes del Poder Ejecutivo, sino que pasa a ser impartida por el Poder Judicial, lo cual asegura que, las sentencias, serán dictadas con total autonomía e independencia; y esto hará que las resoluciones sean transparentes y justas. Con esto, se asegurará el cumplimiento de los principios de legalidad, imparcialidad, publicidad y oralidad. El paso previo a todo litigio, la conciliación, quedará como parte del Poder Ejecutivo, al crearse el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. De esta manera, se dejará de ser juez y parte; y se procurará privilegiar la conciliación de los conflictos entre patrones y trabajadores.
Este será el paso definitorio para la aplicación de la legislación en materia laboral, lo cual impactará la competitividad del mercado laboral en México. No olvidemos que el derecho al trabajo es un derecho fundamental, consagrado en el artículo 5º de nuestra Constitución; y, como lo establece el artículo 3º de la Ley Federal del Trabajo, es un derecho y un deber social, para asegurar una vida digna para los trabajadores y sus familias. Pero también es uno de los pilares de la competitividad, al ser el talento humano el motor del éxito de cualquier empresa. En este contexto, la certeza jurídica juega un papel vital.
