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Queda el recurso de reclamación

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El amparo directo negado este miércoles al Municipio de León contra la sentencia que otorga la propiedad del Estadio León a Roberto Zermeño y su socio, puede y debe ser recurrido mediante el recurso de Amparo en Revisión ante la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y si este no fuera admitido aún podría presentarse contra ese auto el recurso de reclamación.
En ese sentido opinaron el doctor y maestro en derecho procesal, Elías Henaine y el maestro en derecho Rodolfo Navarro Elías, ex subprocurador de justicia, al enterarse de la resolución de amparo director dictada por el Tribunal colegiado del Decimosexto Circuito, que negó al Municipio de León amparo y protección contra la sentencia que favorece a Zermeño Reyes Héctor González, otorgándoles la propiedad del Estadio León.

RESOLUCIÓN
Señalaron que una resolución como la dictada este miércoles en contra de los intereses del Municipio de León, no ve afectada o comprometida su validez por el hecho de que haya sido dictada por mayoría y no por unanimidad. Eso sólo indica que uno de los magistrados no estuvo de acuerdo.
Por otra parte, señaló que el gobierno de León no se ha quedado sin recurso, aunque ahora el accionar deberá ser en términos de si la resolución del Colegiado de Circuito incurre en una violación al interpretar algún precepto constitucional al dictar su sentencia.

AMPARO
El recurso es el Amparo en Revisión y se promueve ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien estudiará si es procedente dicho recurso o lo desecha. Si resultara procedente, se le da entrada y es sujeto a análisis para una resolución que puede revocar, confirmar o modificar la resolución del Colegiado de Circuito.
Si es desechado, aún podría el Municipio de León presentar el recurso de reclamación contra la resolución del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Esos son recursos disponibles y deben ser emprendidos por el gobierno municipal de León, señalaron.
Por otra parte, consideraron que los palcohabientes y titulares de plateas, no tiene interés jurídico en este proceso.

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