
Durante las precampañas, los precandidatos a cargos de elección popular difunden propaganda de precampaña, que es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, audios, videos y expresiones que buscan dar a conocer sus propuestas.
Las precampañas iniciaron el 20 de noviembre y concluirán el 18 de enero de 2024.
¿Qué se puede y qué no se puede hacer?
A lo largo de las precampañas políticas, los precandidatos deberán evitar infringir las leyes electorales, para evitar no solo que ser sancionados, sino perder el registro para poder contender por un cargo de elección popular, en este caso, la presidencia de la República.
Tienen prohibido:
-Realizar actos anticipados de campaña como es llamar al voto.
-Comprobar o adquirir propaganda en radio y televisión.
-Otorgar artículos promocionales utilitarios, a menos que sean de materiales textiles como camisetas o gorras.
-Participar simultáneamente en dos o más procesos internos de partidos, salvo que exista un convenio de coalición.
-Gastar más del tope de gastos de precampaña establecido.
-El dinero privado que reciban no debe ser mayor al dinero público que les fue otorgado.
Sí pueden:
-Recibir dinero de origen público y de origen privado.
-Tener acceso a los spots en radio y televisión que correspondan a los partidos en los tiempos del Estado.
-Difundir propaganda de precampaña, la cual deberá identificar la calidad del precandidato.
-Rendir informes al INE de sus ingresos y gastos.
-Respetar el periodo establecido para las precampañas.