
Después de tres meses de espera, la reforma para la regulación de vehículos y scooters llegó al Congreso de la Ciudad de México, sin recepción formal y con una integración de último minuto al orden del día.
De acuerdo con el proyecto presentado hoy, se prevé, en su artículo 64 que los conductores de vehículos motorizados en cualquiera de sus modalidades porten licencia para conducir, haciendo especial énfasis en los eléctricos.
La reforma arranca con la modificación de la terminología, incluyendo en el concepto de motocicleta a todos aquellos vehículos que se hacen pasar como bicicletas eléctricas, pero con la potencia suficiente para ir a más de 25 kilómetros por hora.
Asimismo, se enuncia el nuevo término de Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (Vemepe), como aquel que utiliza manubrio y asiento para su conducción, cuenta con motor eléctrico con velocidades máximas que exceden los 25 kilómetros por hora y que cuentan con acelerador independiente.
Esto se clasifica en Tipo A, con peso menor a 35 kilogramos, y Tipo B, con peso mayor a 35 kilos.
Pese a ser una de las iniciativas remitidas por la Jefa de Gobierno, esta no contará con prioridad alguna para ser desahogada antes de que termine el Periodo Ordinario de Sesiones.
La comisión se podrá enfocar en el trabajo de análisis después de 10 días a partir de hoy, con miras a tener listo un dictamen para los períodos extraordinarios de sesiones, mismos que serán perfilados en estos días.