En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó el acuerdo mediante el cual se establecen los límites del financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos durante el ejercicio 2018 por sus militantes, simpatizantes, candidatas y candidatos, así como el límite individual de las aportaciones de simpatizantes.
De acuerdo al artículo 46, de la ley electoral estatal, se establece que los partidos políticos nacionales y estatales tienen derecho a recibir financiamiento público; por su parte, el artículo 47 del mismo ordenamiento establece la forma en la que se distribuirá dicha prerrogativa.
FINANCIAMIENTO
El artículo 51 de la ley referida, establece que además del financiamiento público, los partidos políticos podrán acceder a otras formas de financiamiento, tales como aportaciones de la militancia, aportaciones de simpatizantes, autofinanciamiento, así como financiamiento por rendimientos de fondos financieros, fondos y fideicomisos.
El Consejo General de este Instituto, determinó que el monto de financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias a que tienen derecho los partidos políticos nacionales en Guanajuato para 2018, asciende a la cantidad de $129,816,438.89; agregándole a esto los limites en las aportaciones en dinero o en especie de militantes ($15,577,972.66), las aportaciones de candidatas y candidatos, durante el Proceso ($2,457,280.90), las aportaciones de simpatizantes ($2,457,280.90) , y hay que resaltar que el límite individual de aportaciones en dinero o en especie de simpatizantes asciende a $122,864.05.
Por lo anterior, se estima el monto total máximo que podrán recibir los partidos políticos por financiamiento privado el cual asciende a $20,492,534.47.
LIQUIDACIÓN
En otro punto de la orden del día el Consejo General del IEEG abrogó el reglamento que establece el procedimiento para la liquidación y destino de los recursos y bienes remanentes de los partidos políticos estatales que pierdan o les sea cancelado su registro ante este instituto.
También el Consejo General abrogó el Reglamento de Acceso a la Información Pública de los partidos políticos estatales registrados ante el IEEG, debido a que la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública es la que determina las obligaciones de los partidos políticos a efecto de que transparenten y permitan el acceso a los datos personales que obren en su poder, incluyendo a los partidos políticos estatales.
