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Fue entregado 9 meses después

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Por la investigación deficiente de un homicidio cometido en Irapuato, donde fue encontrado el cuerpo sin vida de un hombre y cuya localización fue informada a sus padres nueve meses después por responsabilidad atribuida a personal de investigación de homicidios por la falta de información de la Directora Ministerial de Apoyo y Gestión, la FGE fue recomendada por la PDH para que investigue y deslinde responsabilidades de su personal e integre debidamente la carpeta de investigación por el crimen.

Así resolvió la PDH una queja presentada en 2020 en Irapuato por la madre de un hombre asesinado en esa ciudad, cuyo cadáver fue descubierto el 28 de agosto del 2019; trasladado al SEMEFO como no identificado y al cual se le extrajeron muestras biológicas para los estudios correspondientes destinados a su identificación.

Según la investigación de la PDH, lo estudios correspondientes no fueron ordenados sino hasta el 29 de enero del 2020, cuando una agente ministerial especializada en investigación de homicidios ordenó la realización del estudio de esas muestras para extraer el perfil genético, con fines de compararlo con en el banco de datos en busca de la identidad.

Las muestras para obtener los perfiles genéticos de los padres fueron solicitado en abril del mismo año y, hasta mayo, fueron notificados de que el cadáver de su hijo había sido localizado, nueve meses antes, según se desprende del análisis que publica la PDH en la versión pública de la resolución emitida en la subprocuraduría de Irapuato el pasado 16 de febrero.

La PDH dirige la resolución al fiscal regional B y le recomienda en que instruya que personal facultado de la FGE investigue y deslinde responsabilidades administrativas del personal involucrado en las violaciones a los derechos humanos de acceso a la justicia en la modalidad de procuración de justicia y el derecho a la verdad de quien presentó la queja.

Además, que instruya a la Agencia Especializada en Homicidios de esa región para que con la debida diligencia y pleno respeto a los derechos humanos de la quejosa, integre la carpeta de investigación correspondiente.

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