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Extienden periodo para permutar multa

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Aumenta a 30 días el periodo para poder solicitar hacer trabajo comunitario para pagar multas de tránsito que no excedan los 18 UMAs, es decir, los mil 954.26 pesos.

La propuesta fue aprobada en Sesión de Ayuntamiento, antes de esta reforma, una persona tenía sólo diez días para poder solicitar conmutar su multa.

La persona que quiera pagar el 100% de su multa con servicio social, tiene diez días hábiles, luego de la entrega de la infracción, para hacer la solicitud en los juzgados cívicos.

En el periodo de once a veinte días, será el equivalente al 90% del total de la multa y de los veintiún a treinta días sólo el 75%.

“Aquí lo más importante, el objetivo de la modificación fue que cuando se multa a un vehículo llega el tránsito y multa a la persona que va manejando independientemente que sea o no su auto, y entonces el objetivo es que muchas veces no es su coche, entonces se trata de darle más opción al dueño de las placas para que pueda decir yo no traía el coche o lo presté o algo y entonces que refiera quién fue”, señaló la sindicó del ayuntamiento, Leticia Villegas Nava.

En ese sentido, el secretario del Ayuntamiento, Mario Enríquez Carrillo, explicó que esto será de ayuda para las empresas que cuentan con una flotilla vehicular y sus trabajadores son quienes manejan las unidades.

«Quién es el dueño del vehículo, pero la segunda es quién cometió la falta, esto nos obligó a hacer esta diferencia en nuestro reglamento quiere decir que lo primero que tengo que hacer es irme con el dueño porque es el domicilio con que yo tengo registrado a través de la matrícula, pero le daré una audiencia en donde él me puede decir si fue él y entonces a lo que a su interés convenga o en su caso, yo no iba conduciendo el vehículo y entonces tendrá que referirme el domicilio o los datos de localización de quien conducía para efectos de poder dirigir la infracción», explicó el secretario.

Hay amparos que ya han tenido como fundamentos lo que explica el secretario, un dueño del vehículo recibe la infracción, pero es una persona diferente quien conduce, de ahí la necesidad de dar la oportunidad de solicitar una audiencia para mostrar los elementos necesarios y determinar a quién debe ser dirigida la sanción.

En caso de negarse a dar los datos de la persona a quien debería llegar la infracción, es cuando se aplica la Ley de Voluntad Solidaria.

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