miércoles, agosto 26, 2026
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EMITE PDHEG RECOMENDACIÓN A SSPEG Y FISCALÍA

Los agentes de las Fuerzas de Seguridad Pública (FSPE) que dieron muerte a un migrante el 13 de diciembre de 2018 en San Miguel de Allende, incurrieron en uso excesivo de la fuerza y no procuraron atención inmediata a la víctima; la Fiscalía General del Estado negó el derecho de acceso a la justicia a familiares del victimado y el estado de Guanajuato debe hacer una reparación integral de daño causado por sus agentes y determinar la responsabilidad de quienes participaron.

Esto resolvió la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guanajuato a más de un año de ocurrido ese incidente en San Miguel de Allende donde, durante un operativo policial, agentes de las Fuerzas de Seguridad Pública causaron la muerte del migrante Leonardo Reyes Cayente, originario de ese municipio pero residente en el estado de Texas, EUA, al igual que sus padres, en un hecho cuya investigación no habría sido concluida aún por la Fiscalía General del Estado.

En el análisis del caso, la PDH cuestiona que los agentes de Seguridad Pública del Estado incurrieron en uso excesivo de la fuerza, no prestaron auxilio inmediato al entonces lesionado e incluso violaron “el artículo 22 de los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respecto a enviar rápidamente un informe detallado a las autoridades competentes para la revisión administrativa y supervisión judicial.”

La PDH emitió recomendaciones a Alvar Cabeza de Vaca, secretario de Seguridad Pública del estado, para el fiscal general, Carlos Zamarripa Aguirre, y un acuerdo de vista para el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Ayala Torres.

Al primero le recomienda que abra investigación administrativa contra los seis agentes de las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado que intervinieron en ese incidente.

Además, que se brinde atención profesional a los familiares directos del ahora occiso, si ellos la aceptan.

Que instruya al comisario general de las FSPE para que otorguen garantía de que no se repetirán las violaciones a derechos cometidas.

Que instruya la impartición de capacitación en los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, conforme a la legislación que regula esa práctica.

Que anexe copia de una eventual resolución de responsabilidades administrativas de los agentes involucrados en sus expedientes laborales y que designe una persona servidora pública de alto nivel como enlace para dar seguimiento al cumplimiento de estas recomendaciones, así como que colabore en la investigación ministerial de esos hechos y acredite ante la PDH esa colaboración.

Por su parte, al fiscal Carlos Zamarripa le recomienda abrir procedimiento administrativo y determinar responsabilidad de dos agentes del Ministerio Público por violación al derecho de los familiares de la víctima al acceso a la justicia, y que determine (o resuelva) en un tiempo razonable la Carpeta de Investigación del Caso.

A más de un año de aquellos hechos, la Fiscalía no ha dado a conocer una resolución.

Pero además, que instruya a quien corresponde para que devuelvan a los familiares del occiso, las pertenencias del mismo.

Al secretario de Gobierno, Luis Ernesto Ayala Torres, le envía dar vista para que: “ÚNICO.- Se instruya a quien corresponda, a fin de que se tomen medidas necesarias para reparar integralmente los daños ocasionados a los familiares director de la víctima conforme a derecho corresponda, que incluyan las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantía de no repetición, con motivo de las irregularidades en que incurrieron los elementos de las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado…” y termina citando los fundamentos legales de este acuerdo de vista.

Entre otras anotaciones, la PDH señala en su resolución que no se opone al uso de la fuerza del Estado en situación en que ésta es necesaria, pero señala que se debe hacer conforme a los criterios legales y protocolos que la justifican.

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