Inicio Local León DECISIÓN DE LA SCJN PROTEGERÁ AL CONSUMIDOR DE CANNABIS RECREATIVA

DECISIÓN DE LA SCJN PROTEGERÁ AL CONSUMIDOR DE CANNABIS RECREATIVA

0

La invalidación que realizó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la Ley General de Salud que prohibía de manera absoluta realizar actividades relacionadas con el autoconsumo lúdico o recreativo de la cannabis le dará mayor protección al consumidor.

Así lo expresó en entrevista con este diario Hugo Mondea, coordinador del Movimiento Cannábico de Guanajuato, quien señaló que este dictamen de la  SCJN es muy positivo para el movimiento a nivel nacional y en el estado, pero es solo una paso más para una regulación en forma misma que aún tiene muchos detalles pendientes.

Mencionó que  lo que sigue es trabajar con los Gobiernos locales para poder seguir informando y difundiendo datos al respecto del consumo de la cannabis.

También puso de ejemplo que uno de los aspectos que faltan por definirse en esta regulación son los espacios libres para consumo, ya que según de forma preliminar no debe de haber presentes y también se tiene que tratar para que el consumidor no pueda caer en extorsiones.

Su trabajo es seguir informando a la sociedad, que está regulación es necesaria y ellos seguirán difundiendo información al respecto pues se tiene  en mente planear un Congreso de Medicina y ciencia cannabica, un espacio con profesionales de la salud especializados.

Su meta es que en todo Guanajuato se pueda tener la libertad de uso lúdico de la marihuana, incluso en el futuro poder tener la posibilidad de emprender en la industria de productos relacionados a esta, no solo venta de la misma; mencionó que se ha hablado de la posibilidad de crear un Leomsterdam, convertir un atractivo turístico verde como se maneja en Ámsterdam.

De acuerdo con un documento que divulgó la SPJN el pleno de esta corte determinó que debían validarse con efectos generales los artículos 235 último párrafo y 247 último párrafo de la Ley General de Salud en las porciones que establecían que la Secretaría de Salud sólo podría autorizar la realización de actividades relacionadas con el autoconsumo del estupefaciente cannabis y el psicotrópico THC para fines médicos y científicos.

Con esta declaratoria se remueve el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud, a través del órgano competente, autorice las actividades relacionadas con el consumo de cannabis y THC, como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar con fines recreativos respetando de esta manera el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

De igual manera precisó que la Cofepris deberá establecer los lineamientos y modalidades para la adquisición de la semilla en el entendido de que la autorización no podrá incluir en ningún caso la permisión de importar, comerciar, suministrar o cualquier otro acto de enajenación y o distribución de tales sustancias.

Además este autoconsumo no deberá afectar a terceros.

Salir de la versión móvil