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CUOTA MÍNIMA EN EL PAGO DE PREDIAL

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En 2019, más de 60 mil cuentas de Instituciones educativas, asociaciones civiles, adultos mayores, personas con alguna discapacidad y con créditos de vivienda con Instituciones de seguridad social, son beneficiarias de la cuota mínima de predial.

El beneficio de la cuota mínima no es permanente, ya que se tiene que verificar principalmente la supervivencia del interesado o interesada y en su caso se debe constatar que aún se tiene vigente el crédito hipotecario ante las distintas instituciones de gobierno.

Por ley, cada dos años se debe aplicar un avalúo con motivo de regularización, para efecto de actualizar el valor fiscal, por lo tanto, el beneficio tiende a desactivarse una vez aplicada la regularización, por tal motivo para seguir obtenido dicho beneficio, es necesario volver a solicitarlo.

¿Cómo renovar su cuota mínima?

Presentarse a las ventanillas de predial, ubicadas en los módulos de la Dirección General de Ingresos adscrita a la Tesorería Municipal, de esta ciudad, con los siguientes requisitos según sea el caso:

El solicitante deberá comparecer para requisitar y firmar el formato de solicitud, con los siguientes documentos en original para su cotejo y copia simple.

Crédito vigente con Infonavit y ser única propiedad: Credencial de elector vigente; ficha técnica Jurídica reciente emitida por INFONAVIT el cual indique la línea de crédito otorgado, copias de escritura completa o copia de traslado de dominio y CURP.

Crédito vigente con ISSEG, FONHAPO O FOVISSSTE y ser única propiedad: Credencial de elector vigente del propietario; Último recibo o talón de pago donde se indique la deducción correspondiente; Escritura o del traslado de dominio que acredite el crédito otorgado y CURP.

Pensionado (beneficio se aplica en una sola propiedad: Credencial de elector vigente; Credencial de pensionado o jubilado según sea el caso y CURP.

Mayor de 60 años (beneficio se aplica en una sola propiedad); Credencial de elector vigente; Credencial de INAPAM y CURP.

Discapacidad que impida trabajar: Constancia expedida por una institución de salud pública en la que acredite la discapacidad; Credencial de elector vigente y CURP.

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