lunes, agosto 31, 2026
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Aún no se presenta denuncia penal por ‘ordeña’ a patrulla

Hasta el mediodía de este jueves, el Ayuntamiento de León no había presentado denuncia relacionada con el descubrimiento anunciado por su Comisión de Adquisiciones, de la presunta ordeña o robo de combustible en una patrulla de la Policía Municipal, a pesar de que la ley procesal penal impone la obligación de la denuncia inmediata.
Integrantes de esa comisión edilicia dieron a conocer este miércoles que durante una prueba piloto para monitorear el abasto y uso de combustible en los vehículos municipales, se descubrió que en la patrulla (con número económico DP456) adaptada para ello, hubo manipulación y bloqueo intencional del sistema de registro, además de extracción y abasto de combustible mientras estaba estacionada en una central de policía.
A ese respecto, los regidores Salvador Ramírez Argote y Jorge Cabrera pidieron que se investigue administrativamente y se castigue a quienes resulten responsables.
Sin embargo, y ante la presunción que los propios funcionarios municipales hacen, de posible ordeña o robo de combustible, la ley procesal penal les impone la obligación de denunciar de inmediato al Ministerio Público, la posible comisión de delitos.

LETRA MUERTA
El artículo 222 de la ley procesal establece en su párrafo segundo:
Quien en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la probable existencia de un hecho que la ley señale como delito, está obligado a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Público, proporcionándole todos los datos que tuviere, poniendo a su disposición a los imputados, si hubieren sido detenidos en flagrancia. Quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga, será acreedor a las sanciones correspondientes.

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