Las Comisiones Unidas del Ayuntamiento aprobaron ayer las modificaciones al Código Reglamentario de Desarrollo Urbano que delimita –entre otros rubros- la distancia entre gasolineras.
Con esta normativa, la norma establece una distancia mínima de mil metros lineales entre cada estación, así como análisis de la población que concentra en torno al centro de operación de las bombas despachadoras.
Se establece como base la Norma Oficial Mexicana NOM-EM-01-ASEA-2015 que incluye las distancias a considerar entre una estación con servicio de gasolina o diésel y los centros de concentración masiva (50 metros radiales), y con otras estaciones similares (1 mil metros lineales).
Estos acuerdos se derivan de las mesas de trabajo con la participación de integrantes de gremios y cámaras que avalaron las diversas reformas, adiciones y derogaciones que tienen como fin consolidar a León como una ciudad compacta, densificada, sostenible, segura e inclusiva.
Se busca también atender la problemática detectada por la Dirección General de Desarrollo Urbano y el Instituto Municipal de Planeación (Implan) en el desarrollo de sus funciones.
LINEAMIENTOS
Los miembros de la comisión de Desarrollo Urbano votaron a favor de los siguientes lineamientos:
- Se implementan obligaciones para establecimientos que cobren cuotas de recuperación por el uso de estacionamiento y se delimita una tolerancia de treinta minutos sin costo a sus clientes; siendo principalmente las siguientes:
- a) Contar con póliza de seguro de responsabilidad por robo de vehículos que cubra la totalidad del número de cajones del inmueble.
- b) Contar con equipo de vigilancia electrónico o video que permita identificar las placas de los vehículos que ingresan y grabar su estancia.
- Tomando como base la Norma Oficial Mexicana NOM-EM-01-ASEA-2015, se incluyen las distancias a considerar entre una estación con servicio de gasolina o diésel y los centros de concentración masiva (50 metros radiales), y con otras estaciones similares (1 mil metros lineales).
- Para garantizar la seguridad de las y los leoneses se establecen regulaciones específicas para los anuncios, se estipula que los espectaculares sean autosoportados y se incluyen normas para su ubicación, fijación, instalación; además, se prohíbe la instalación de este tipo de anuncios en las azoteas de los inmuebles, en zonas patrimoniales y muros colindantes.
- Se actualiza el porcentaje de la superficie de áreas de donación que los desarrollos en condominio se deben otorgar a favor del Municipio.
- Se fortalece la regulación relativa a la instalación de antenas e infraestructura de telecomunicaciones.
- Se determina como autoridad competente para emitir la Manifestación de Impacto vial a la Dirección General de Movilidad.
- Se establecen criterios para elevar la densificación de las construcciones de manera ordenada, con lo que daremos un mayor y mejor aprovechamiento del espacio urbano edificable.
- Las estaciones de servicio de gas natural comprimido para uso automotor se integran a las actividades especiales contempladas por el Código, reservando su aprobación al ayuntamiento.
El ordenamiento será sometido a la aprobación del Ayuntamiento en la sesión de pleno que tendrá lugar este 22 de febrero.
