Por unanimidad fueron aprobadas en el Pleno de la Cámara de Diputados modificaciones a la Ley de Aviación Civil y Ley de Protección al Consumidor propuestas por el diputado guanajuatense, Miguel Ángel Salim Alle, para proteger los derechos de usuarios de transporte aéreo.
Con esta iniciativa aprobada en la Cámara de Diputadas y que ahora será votada en el Senado de la República, los usuarios podrán solicitar una indemnización del 25% después de 4 horas de demora, mientras que de dos a 4 horas se indemniza con el 7.5%.
«Desde que presenté esta iniciativa recibí miles de mensajes de respaldo a la propuesta, y escuchéa tantas personas que compartían el reclamo sobre los vuelos demorados; por lo tanto, defendimos el asunto en reuniones de Comisiones y en las reuniones de trabajo con la Secretaría de Economía, Turismo, PROFECO y Canaero».
Otra de las modificaciones impulsadas por el diputado Miguel Salim son que las aerolíneas deberán informar a los pasajeros a través de medios electrónicos, en el área de abordaje, y en los módulos de atención al pasajero, las razones que originen la demora, así como poner a disposición del pasajero toda la información para la presentación de quejas o denuncias de conformidad con los lineamientos que establezca la PROFECO.
Las aerolíneas deberán informar a los consumidores, al momento de la compra del boleto y en los módulos de atención al pasajero, acerca de los términos y condiciones del servicio, políticas de compensación y el listado de los derechos de los pasajeros a los que se refiere la Ley de Aviación Civil.
Este listado de derechos, deberá de estar disponible en mostradores, centrales de reserva y a bordo de las aeronaves en cada una de las sillas de los pasajeros, a través de un folleto.
También serán eliminados cargos adicionales a las tarifas y se obliga a las aerolíneas a publicar el costo total del boleto incluyendo impuesto, con la propuesta del Diputado Miguel Salim.
«Las afectaciones a un consumidor de un servicio retrasado y las indemnizaciones para el caso que nos ocupa no han sido contempladas en su justa dimensión, puesto que los daños y perjuicios ocasionados a los ciudadanos generan un pérdida de rendimiento económico que debe ser resarcido a través de las normas correspondientes», expresó.



