Quizá muchos leoneses lo desconozcan, pero en Sierra de Lobos se cazan venados.
El lugar donde se lleva a cabo la cacería se llama “Rancho Bernalejo”, y aunque es legal y tiene todos sus papeles en regla, la cuestión de la cacería y el acto de matar animales siempre va a provocar dilemas éticos.
El rancho se contacta en su página web (ranchobernalejo.com), vía correo electrónico o en Facebook. Se ofrecen diferentes paquetes, así como animales, entre ellos el venado cola blanca, especie en peligro de extinción, aunque los cazadores tienen otras especies y animales de donde elegir: el wapiti, bura, guajolote gould, borrego muflon, cola blanca (mexicanus), gamo.
En promedio, cuesta el servicio 30 mil pesos y se hace un depósito a la cuenta del rancho, de acuerdo con investigaciones de reporteros de este medio informativo. Eso cuesta un venado chico cola blanca. Su página web informa: “tenemos ejemplares para cada gusto de los cazadores, desde los básicos (120″ puntos) hasta +200″.
De forma inevitable, las redes sociales bullen en comentarios a favor y en contra cuando se busca en Facebook el nombre del rancho. Abundan imágenes de clientes mostrando, orgullosos, animal que mataron como trofeo.
El rancho, ubicado concretamente en Ocampo, pese a que opera conforme a legalidad, es denunciado en páginas de protección animal.
Muchos de los comentarios en redes sociales están en contra, como es el caso del usuario “Eleuterio Bonilla Pérez”, quien puntualiza: “matar es matar. Estás quitando una vida a un ser indefenso y eso de la sobrepoblación es un pretexto tonto. Si hay lugar para el ser humano, tienen el mismo derecho de vivir”.
Algunos usuarios están a favor, como “Santibáñez López Apolinar”, quien opina: “Es muy buena la carne de venado. Ya quiero que se llegue diciembre para ir a cazar. Y que Dios me juzgue. No sabía que era más pecado que matar a un cristiano”.
Otros, como “Jorge Olmeda”, teclean los usuales comentarios de redes sociales, sarcásticas y con referencias a la cultura pop: “Ellos salen a buscar comida para sus hijos. ¿Que no miraste Bambi?”
Pero continúan los que están en contra: “Matar por diversión es una cosa. Comemos carne para alimentarnos, pero nosotros no matamos, para eso hay rastros”.
LA UMA
Las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA), nacieron en 1997, durante la administración de Ernesto Zedillo Ponce de León (1994-2000). Pero, ¿qué son?
Se trata de espacios de promoción de esquemas alternativos de producción compatibles con la conservación de la vida silvestre. No hay otra forma de cazar si no es con una UMA, que debe contar con un Plan de Manejo aprobado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y que Bermalejo tiene. Asimismo, se trata de ranchos cinegéticos, es decir, donde se crían diferentes animales para luego vender permisos para cazarlos.
POLÉMICAS
La cacería generará siempre opiniones a favor y en contra.
Por ejemplo, la organización internacional People for the Ethical Treatment of Animals (PETA) o Personas por el Trato Ético de los Animales, en español, ofrece una postura muy concreta en su página web, al apuntar:
“La caza pudo haber sido necesaria para la supervivencia humana en tiempos prehistóricos, pero hoy en día la mayoría de los cazadores acechan y matan animales sólo por el placer de hacerlo, no por necesidad. Esta forma innecesaria y violenta de “entretenimiento” separa familias de animales y deja un sinnúmero de animales huérfanos o gravemente heridos cuando los cazadores no alcanzan su objetivo”.
“A la caza a menudo se le llama deporte como una manera de hacer pasar una matanza cruel e innecesaria como una actividad saludable y socialmente aceptable. Sin embargo, los deportes implican competencia entre dos partes que dan su consentimiento y la mediación de un árbitro. Y ningún deporte termina con la muerte deliberada de alguien renuente a participar”.
Lo cierto es que, legalmente, en México la cacería está regulada y permitida, siempre y cuando se cumplan ciertos parámetros. Así lo estipula la Ley General de Vida Silvestre, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2000 y cuya última reforma publicada fue en DOF 19-01-2018, específicamente en el capítulo III.
Se explica, en dicho texto, cuándo se permite y se prohíbe: “la autoridad competente acredita que una persona está calificada, tanto por sus conocimientos sobre los instrumentos y medios de las actividades cinegéticas, como de las regulaciones en la materia, para realizar la caza deportiva en el territorio nacional”.
Por otro lado, los motivos por los cuales la caza está prohibida, son: Mediante venenos, armadas, trampas, redes, armas automáticas o de ráfaga. Desde media hora antes de la puesta de sol, hasta media hora después del amanecer y cuando se trate de crías o hembras visiblemente preñadas.




