Ayer, magistrados del Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG,) resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador expediente TEEG-PES-15/2018, el cual, fue presentado por el C. Mauro Tulio Aboytes Espinosa, representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
El promovente denunció a la C. Karla Alejandrina Lanuza Hernández, otrora candidata a la Presidencia Municipal de Salvatierra, Guanajuato, y al Partido Acción Nacional (PAN), por colocar propaganda política electoral en las bardas exteriores de tres inmuebles, sin autorización del propietario o legítimo poseedor.
Del estudio realizado al presente asunto por parte de la magistrada María Dolores López Loza y por los magistrados, Héctor René García Ruiz y Gerardo Rafael Arzola Silva, se determinó declarar inexistentes las infracciones relativas a la colocación de propaganda política electoral en dos bardas denunciadas, en virtud de que los denunciados demostraron tener autorización del propietario para hacerlo.
En cambio, se declaró existente la falta en la colocación de propaganda electoral en el exterior de una tercera barda, ya que los denunciantes no demostraron tener autorización del propietario o poseedor legítimo.
En conclusión, el Pleno de este Tribunal determinó amonestar públicamente al Partido Acción Nacional y a la entonces candidata a la Presidencia Municipal propuesta por dicho partido político, Karla Alejandrina Lanuza Hernández, ambos de la ciudad de Salvatierra.




